Establecer un fondo solidario para apoyar en caso de defunción a los asociados y beneficiarios debidamente inscritos.

  • El Asociado aportara la suma mensual de B/.3.00 para tener derecho al servicio.
  • Este servicio es obligatorio para todos los asociados y cubre al asociado, cónyuge e hijos menores de 18 y hasta 24 cuando cursen estudios. Los hijos discapacitados están cubiertos de por vida cuando tengan una discapacidad certificada que les impida laborar y halla ingresado al servicio antes de los 18 años.
  • El servicio funerario de los padres es opcional, la edad tope para inscribir a los Padres es de 60 años.
  • Todos los beneficiarios están cubiertos con B/.800.00.
  • El derecho a reclamar el Servicio Funerario expira un (1) año después de ocurrido el fallecimiento.
  • En caso de que exista uno o más beneficiarios doblemente inscritos se tendrá como válida la primera inscripción.

Para tener derecho al servicio funerario se debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar debidamente inscrito.
  • Haber pagado la cuota mensual doce (12) meses interrumpidos.
  • No debe presentar mora mayor de tres (3) meses en Aportaciones o Préstamos. No presentar mora de un (1) año en Servicio Funerario (monto).
  • Presentar el Certificado de Defunción en original o fotocopia autenticada.